¿Quién paga el IBI en la venta de vivienda en Mallorca?

Recibo del IBI pagado frente al ayuntamiento, clave para entender quién paga el IBI en una venta.

Si estás pensando en vender tu vivienda, hay un aspecto legal y fiscal que no puedes pasar por alto: el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Este impuesto municipal no solo es obligatorio para todos los propietarios, sino que también puede influir directamente en la operación de compraventa. En este artículo te explicamos quién paga el IBI en una venta, por qué es importante tenerlo al día y qué hacer si existen deudas pendientes.

  1. ¿Qué es el IBI?
  2. ¿Por qué es importante el IBI en una compraventa?
  3. ¿Qué pasa si el IBI no está pagado?
  4. Entonces, ¿quién paga el IBI en una venta?
  5. ¿Cómo conseguir los recibos del IBI?
  6. Conclusión

¿Qué es el IBI?

El IBI es un impuesto que grava la titularidad de un inmueble y se paga anualmente al ayuntamiento correspondiente. Se calcula aplicando un tipo impositivo al valor catastral del inmueble, que depende de factores como la ubicación, superficie, uso y antigüedad.

Este impuesto debe ser abonado por el titular registral a fecha 1 de enero de cada año, independientemente de si la propiedad se vende durante ese mismo ejercicio.

Nota: Cada ayuntamiento establece su propia fecha de cobro del IBI.

¿Por qué es importante el IBI en una compraventa?

Cuando se formaliza la compraventa de una vivienda, el comprador tiene derecho a recibir el inmueble libre de cargas y al corriente de sus obligaciones fiscales. Por este motivo, uno de los documentos que suelen solicitar los abogados, notarios, asesores legales o los mismos compradores que intervienen en la operación son los justificantes del IBI pagado.

De hecho, es práctica habitual, sobre todo cuando intervienen compradores extranjeros o inversores, exigir los recibos de IBI de los últimos 4 años, como prueba de que el inmueble no arrastra ninguna deuda municipal que pudiera frustrar a la operación o afectar al nuevo titular.

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¿Qué pasa si el IBI no está pagado?

Si el inmueble tiene deudas de IBI, estas no desaparecen con la venta. El Ayuntamiento puede reclamar su pago incluso al nuevo propietario, ya que la deuda se asocia al bien, no a la persona.

En este tipo de casos:

  • El comprador podría exigir una rebaja en el precio de venta.
  • El notario podría retener una parte del precio hasta que se regularice la deuda.
  • Se podría aplazar la operación si no hay acuerdo entre las partes.

Por eso, si estás vendiendo una vivienda, lo más recomendable es tener al día todos los pagos del IBI antes de iniciar el proceso.

Entonces, ¿quién paga el IBI en una venta?

Legalmente, el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) lo debe pagar quien sea propietario a día 1 de enero de ese mismo año. Por tanto, si vendes tu casa en junio, tú sigues siendo el obligado tributario frente al Ayuntamiento.

Ahora bien, en la práctica es común que comprador y vendedor repartan este impuesto proporcionalmente en función del tiempo que cada uno haya sido propietario durante el año. Este acuerdo debe quedar por escrito, ya sea en el contrato privado de compraventa o en la escritura pública ante notario.

Este pacto no afecta a la responsabilidad ante el Ayuntamiento, pero sí regula internamente cómo se reparte el coste del IBI entre las partes. Una vez abonado el impuesto correspondiente al ejercicio en curso, se procede al prorrateo proporcional en función del período de posesión de cada parte durante el año natural. El comprador deberá reintegrar al vendedor la parte que le corresponda, siempre que exista cláusula expresa en el contrato privado de compraventa o en la escritura pública y se aporte el correspondiente justificante de pago.

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¿Cómo conseguir los recibos del IBI?

Si no los tienes a mano, puedes obtener los justificantes fácilmente:

  • A través de la sede electrónica de tu ayuntamiento (con certificado digital).
  • En las oficinas de recaudación municipal.
  • Revisando tu cuenta bancaria si el impuesto está domiciliado.

Te recomendamos conservar al menos los últimos cuatro recibos del IBI y presentarlos al comprador (o su abogado) y al notario como parte de la documentación para la venta. Asimismo, es aconsejable incorporarlos como anexo al contrato privado de compraventa, de modo que quede constancia expresa de su entrega.

Conclusión

Tener el IBI al día no solo es una obligación fiscal, sino también una garantía de transparencia y seguridad en cualquier proceso de compraventa.

¿Quién paga el IBI en una venta? En principio, el vendedor. Pero con un buen acuerdo entre las partes, este gasto puede repartirse. Lo más importante es que todo esté claro, por escrito y al corriente antes de firmar.

Si tienes dudas sobre cómo regularizar tu situación o necesitas ayuda para preparar la documentación de tu vivienda para la venta, en Balear Living Real Estate estaremos encantados de acompañarte en cada paso.

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